jueves, 4 de abril de 2013

La Junta Monetaria prohíbe a emisores de tarjetas de crédito el cobros sobre intereses



La Junta Monetaria aprobó un nuevo reglamento mediante el cual prohíbe cobrar intereses sobre intereses por saldos insolutos y establece un conjunto de medidas para reducir los intereses por los préstamos con tarjetas de crédito que emiten los bancos e instituciones financieras.

El reglamento establece una tasa promedio ponderado de los préstamos al consumo, como tasa de referencia a ser aplicada para el financiamiento de los consumos vía el documento financiero.

Como parte de las medidas, el organismo del Banco Central prohíbió a las entidades emisoras cobrar a los tarjetahabientes intereses sobre intereses y calcular intereses sobre el saldo insoluto.

La Junta Monetaria dispuso, además, incorporar un formato único estandarizado para los Estados de Cuenta de los tarjetahabientes, para que puedan visualizar por primera vez en su estado la tasa efectiva que se aplica a su financiamiento y el desglose de las diferentes comisiones y cargos preestablecidos y hacer comparaciones en un escenario más competitivo.

El  Reglamento, dado a conocer este miércoles por el Banco Central, fue aprobado el pasado 7 de febrero por la Junta Monetaria.

"Con esta nueva reglamentación, la Junta Monetaria aporta otro eslabón clave para contribuir a una inclusión financiera más equilibrada y justa, por el alto nivel de transparencia que deberán mostrar las referidas entidades emisoras  ante sus tarjetahabientes y las ventajas que en términos de reducción de costos se generarán a favor de los mismos", precisó el Banco Central.

Indicó también "que las entidades emisoras de tarjetas de crédito no podrán modificar cláusulas contractuales sin la previa autorización del tarjetahabiente, manteniéndose vigentes las disposiciones del Reglamento de Protección al Usuario de Servicios Financieros, entre las que se destaca la no presentación de letras pequeñas en los contratos”, dice la entidad.

Otra medida dispuesta tiene que ver con la obligatoriedad de que tanto las entidades emisoras de tarjetas de crédito, como el Banco Central y la Superintendencia de Bancos, publiquen con la periodicidad establecida en cada caso las tasas de interés aplicables a este servicio financiero, en aras de fomentar la transparencia y competitividad.

También manda a adecuar el Manual de Contabilidad de Entidades Financieras, a fin de que los desgloses de cuentas, comisiones y cargos previamente establecidos, puedan  ser adecuadamente fiscalizados, entre otras regulaciones que fortalecen los esquemas de reclamaciones, seguridad y protección a los usuarios de esos servicios.

Según el Banco Central, en la adopción del nuevo  Reglamento de Tarjetas de Crédito, la Junta Monetaria ponderó las experiencias de Chile, México, Perú, Bolivia, Colombia, Costa Rica y Venezuela, a los fines de que las reglamentaciones de la República Dominicana estén en consonancia con los mejores estándares internacionales.

Fuente: Zdigital.com

1 comentario:

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