miércoles, 13 de marzo de 2013

El Banco Central autoriza abrir los “Subagentes Bancarios” en todo el territorio nacional



Todas las instituciones de intermediación financiera, incluyendo asociaciones de ahorros y préstamos, podrán contratar desde ahora como subagentes bancarios a centros comerciales de todo el territorio nacional, incluyendo farmacias, ferreterías, centros de telecomunicaciones y otros, a través de los cuales podrán realizar todo tipo de tramitación financiera, como las transferencias de recursos, pagos de préstamos y de tarjetas de crédito, depósitos y retiros de cuentas de ahorro y corrientes, así como todo tipo de solicitudes de productos.

En un comunicado de prensa del Banco Central, la Junta Monetaria explica que con la medida habrá un antes y un después en materia de inclusión financiera en el país, “pues se llevarán los servicios financieros a aquellas zonas que cuentan con poca o ninguna presencia de instituciones financieras”.
Esto, dice, indudablemente que favorecerá a amplios sectores de la población que hasta la fecha no cuentan con servicios bancarios en su barrio o comunidad.

Asimismo, explica que a partir de ahora se mejora el nivel de bancarización e inclusión financiera de los sectores más necesitados, puesto que contarán con la presencia de entidades financieras representadas a través de subagentes bancarios, “por medio de los cuales podrán satisfacer sus necesidades financieras, incentivándose así una mayor democratización en el uso de estos servicios y posibilitando el ingreso de la población más empobrecida a la economía formal.

La primera resolución de la Junta Monetaria aprobó la versión definitiva del referido Reglamento de Subagente Bancario, el cual tiene como objetivo establecer un marco regulatorio para las operaciones y prestación de servicios que los bancos múltiples, bancos de ahorro y crédito y las asociaciones de ahorros y préstamos podrán realizar a través de determinados establecimientos comerciales, previamente contratados para realizar esos servicios.

A partir de la entrada en vigor del Reglamento, las entidades de intermediación financiera podrán contratar farmacias, hoteles, bares, centros de servicios de telecomunicaciones, supermercados, minimercados, colmados y ferreterías, entre otros establecimientos comerciales, para operar como subagentes bancarios.

Explica que a través de estos establecimientos las entidades podrán ofrecer determinados servicios financieros y operaciones, “tales como recibir pagos de préstamos y tarjetas de crédito; envío o recepción de transferencias dentro del territorio nacional; recibir depósitos en efectivo en cuenta de ahorros o corrientes y retiros en efectivo de cuentas de ahorros efectuados por el cliente titular de la cuenta.

Para información sobre dicha resolución seguir el siguiente link: www.bancentral.gob.do.

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