Todas las instituciones de intermediación
financiera, incluyendo asociaciones de ahorros y préstamos, podrán contratar
desde ahora como subagentes bancarios
a centros comerciales de todo el territorio nacional, incluyendo farmacias,
ferreterías, centros de telecomunicaciones y otros, a través de los cuales
podrán realizar todo tipo de tramitación financiera, como las transferencias de
recursos, pagos de préstamos y de tarjetas de crédito, depósitos y retiros de
cuentas de ahorro y corrientes, así como todo tipo de solicitudes de productos.
En un comunicado de prensa del Banco Central, la
Junta Monetaria explica que con la medida habrá un antes y un después en
materia de inclusión financiera en el país, “pues se llevarán los servicios
financieros a aquellas zonas que cuentan con poca o ninguna presencia de
instituciones financieras”.
Esto, dice, indudablemente que favorecerá a amplios
sectores de la población que hasta la fecha no cuentan con servicios bancarios
en su barrio o comunidad.
Asimismo, explica que a partir de ahora se mejora
el nivel de bancarización e inclusión financiera de los sectores más
necesitados, puesto que contarán con la presencia de entidades financieras
representadas a través de subagentes bancarios, “por medio de los cuales podrán
satisfacer sus necesidades financieras, incentivándose así una mayor
democratización en el uso de estos servicios y posibilitando el ingreso de la
población más empobrecida a la economía formal.
La primera resolución de la Junta Monetaria aprobó
la versión definitiva del referido Reglamento de Subagente Bancario, el cual
tiene como objetivo establecer un marco regulatorio para las operaciones y
prestación de servicios que los bancos múltiples, bancos de ahorro y crédito y
las asociaciones de ahorros y préstamos podrán realizar a través de
determinados establecimientos comerciales, previamente contratados para
realizar esos servicios.
A partir de la entrada en vigor del Reglamento, las
entidades de intermediación financiera podrán contratar farmacias, hoteles,
bares, centros de servicios de telecomunicaciones, supermercados, minimercados,
colmados y ferreterías, entre otros establecimientos comerciales, para operar
como subagentes bancarios.
Explica que a través de estos establecimientos las
entidades podrán ofrecer determinados servicios financieros y operaciones,
“tales como recibir pagos de préstamos y tarjetas de crédito; envío o recepción
de transferencias dentro del territorio nacional; recibir depósitos en efectivo
en cuenta de ahorros o corrientes y retiros en efectivo de cuentas de ahorros
efectuados por el cliente titular de la cuenta.
Para información sobre dicha resolución seguir el
siguiente link: www.bancentral.gob.do.
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